REGLAMENTO INTERNO
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
IDEARIO DE NUESTRO P.E.I. (Síntesis) - Primera Parte, Segunda Parte.
CAPITULO IV MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
A.- DISPOSICIONES.
1) La medida disciplinaria en una disposición que se aplica al alumno(a) en caso de infracción deliberada y de cierta gravedad a una norma reglamentaria o de convivencia común. Ella tiene por objeto confrontar directamente al alumno con sus responsabilidades, a la vez que preservar al resto de la comunidad, cuando así suceda, de actos que atenten contra el respeto de las personas, contra una adecuada convivencia, o contra la marcha del trabajo escolar.
2) Las medidas que pueden ser aplicadas, atendiendo a la gravedad de la infracción son: corrección a través de una amonestación verbal o escrita en el registro escolar; suspensión de clases con la concurrencia del apoderado, condicionalidad o cancelación de matrícula. La determinación de cada sanción deberá ser hecha considerando la gravedad de la falta, las circunstancias y el sujeto de la misma (ver cuadro de tipo de faltas, sanciones y procedimientos)
3) Cuando se trate de una condicionalidad de matrícula se aplicará después del seguimiento correspondiente de:
a. Inspectoría General y/o Orientación (en caso disciplinario)
b. la UTP (en caso de rendimiento).
c. Para ambos casos, se procederá a dicho seguimiento por la simple constatación en los registros del Libro de Clases o cuando lo haya solicitado el o los docentes del curso, por medio del Profesor Jefe a la Dirección y/o sugerido por Consejo General de Profesores.
4) Cuando se trate de la cancelación de la matrícula:
a. Por falta muy grave, que no revista carácter delictual, por publicar ofensas contra compañeros, funcionarios y profesores del colegio en blogs, fotologs, chats o mensajes de texto” realizados dentro del establecimiento, desde el hogar u otro lugar ; la aplica la Dirección con participación del Consejo de Profesores, y con consulta al Consejo de Directivo e informe al Consejo Escolar. Dicha medida se ejecutará en el momento en que se resuelva, independiente del período que se remita el informe a la Secretaria Ministerial de Educacional.
b. Por toda falta disciplinaria de carácter grave, muy grave o de extrema gravedad, que revista carácter delictual, a tenor de la ley N° 20.084 y que atenten contra los bienes o la seguridad, la integridad física de uno o más integrantes de la comunidad educativa (alumnos y/o personal del establecimiento) y se produzca dentro del establecimiento, la Dirección informará de inmediato a la fiscalía, para que esta, actuando conforme a derecho, tome las medidas cautelares de acuerdo a la ley.
c. No obstante lo anterior, la Dirección, de acuerdo a la gravedad de la falta procederá a condicionar en forma estricta o a la no renovación del Contrato de Prestación de Servicios del o de los alumnos (as) implicados, salvo que los tribunales, salvaguardando los derechos de los alumnos(as) dictaminen lo contrario.
5) Teniendo en cuenta que el alumno de 4° año medio, por ser alumno terminal en su proceso educacional, presenta condiciones especiales que inciden en la aplicabilidad de las normas establecidas en el Manual de Convivencia, se deberán tener a las siguientes sanciones que determina la Dirección, con participación y sugerencia del Consejo de Profesores:
- Suspensión total de clases, pudiendo ingresar a rendir evaluaciones, excluyéndolo de actividades extra-programáticas, incluyendo su participación en la Ceremonia de Licenciatura, la cual le será entregada privadamente, cuando las faltas en las cuales se ha incurrido sean de carácter grave o muy grave.
CAPITULO V
DE LOS TIPOS DE FALTAS.
LEVES.
- Comer durante el desarrollo de la clase (chicle, dulces, etc.)
- Permanecer en la sala de clases sin autorización. (antes , después de la jornada de clases, recreo)
- Leer y estudiar otra asignatura durante la clase.
- Interrumpir la clase mediante conversaciones y juegos.
- Interrumpir la clase, levantándose de su asiento sin autorización, provocando desorden y distracción entre otras acciones.
MEDIANA GRAVEDAD:
- Actitudes incorrectas en el desarrollo de Actos Cívicos y Religiosos.
- Salir de la sala sin autorización.
- Uso indebido de elementos tecnológicos (celular-MP3- MP4 Netbook y otros; durante el desarrollo de la clases, evaluaciones, actos cívicos, religiosos, culturales.
- No cumplir con los compromisos escolares en las asignaturas y/o jefatura.
- No cumplir disposiciones sobre presentación personal.
- Lanzar objetos en la sala de clases y/o durante el desarrollo de clases Ingresar atrasado a la jornada y/o clases.
- No cumplir con los compromisos con el colegio (citaciones apoderado, escolaridad, compromisos con actividades de beneficios).
- Utilizar vocabulario inadecuado vulgar sin intención de ofender.
- Manifestar conductas contrarias al Proyecto Educativo Institucional relacionadas con el ámbito valórico
GRAVES:
- No cumplir con las actividades dispuestas por el colegio con respecto a:
- Asistencia a oficios religioso
- Asistencia a Actos Cívicos
-Asistencia a clases
- Asistencia y participación en eventos deportivos y/o actividades extra-académicas.
- Fumar en el colegio
- Copiar en la pruebas y/o ayudar en el desarrollo de estas
- No ingresar a clases estando en el establecimiento
- Manifestar conductas lascivas ,eróticas o de índole amoroso al interior del Colegio
MUY GRAVES:
- Manifestar conductas relacionadas con el bulling (abuso o violencia reiterada) contra cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Agredir verbalmente o golpear a compañeros (as)
- Ingresar con armas u objeto que puedan ser utilizadas como tal..
- Ingresar y/o consumir drogas en el colegio como también promover a la drogadicción.
- Ingresar al establecimiento bajo las influencias del alcohol.
- Ingresar material pornográfico o promoverla dentro del establecimiento.
- Ingresar y /o consumir bebidas alcohólicas en el Colegio.
- Insolentarse con profesores o, funcionarios o compañeros (as) con gestos y palabras soeces que denigren la dignidad y la honra de las personas.
- Escribir y/o dibujar groserías que menoscaben severamente la dignidad y la honra de funcionarios y/o alumnos del Colegio Esconder o deteriorar útiles o materiales pertenecientes al colegio, profesores o alumnos.
- Destruir propiedad privada dentro o fuera del colegio., portando algún elemento que lo identifique como alumno del Colegio
- Promover desordenes que altere el orden público portando algún elemento que lo identifican como alumno del Colegio
- Sustraer pertenencias a sus compañeros ,profesores o de propiedad del establecimiento
- Falsificar firmas del apoderado o algún integrante de la comunidad educativa
- Adulterar notas en los libros de clases.
- Obtener pruebas por medios ilícitos.
- Negarse a rendir pruebas, interrogaciones y/o evaluaciones.
- Fugarse del colegio.
- Utilizar inadecuadamente o ingresar información dañina a los equipos de computación.
- Publicar cualquier tipo de imagen ,grabación o comentario en contra de compañeros ,funcionarios, profesores o autoridades del Colegio en medio de comunicación masivo dentro o fuera del colegio sin la autorización del afectado
CUADRO N.1 SANCIONES DISCIPLINARIAS
TIPO DE FALTA |
MEDIDA APLICADA |
REGISTRO Y COMUNICACIÓN |
RESPONSABLE DE SU APLICACIÓN |
LEVE |
-AMONESTACIÓN VERBAL |
-Conversación personal con el alumno(a). |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as) |
LEVE
REITERADA
(misma falta 3 o más veces) |
-AMONESTACIÓN ESCRITA |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría.
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría por escrito. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as) |
LEVES ACUMULADAS
(3 más faltas) |
-AMONESTACIÓN ESCRITA |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría, y
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría por escrito.
-Derivación a Orientación, en caso de estimarse pertinente. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a) |
MEDIANA GRAVEDAD |
-AMONESTACIÓN ESCRITA |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría, y
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría por escrito.
-Derivación a Orientación, en caso de estimarse pertinente. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a) |
GRAVE |
-SUSPENSIÓN POR 1 O MÁS DÍAS
Faltas medianamente graves reiteradas
-CONDICIONALIDAD SIMPLE |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría General;
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría General por escrito;
-Derivación a Orientación, con informe a Dirección sobre proceso de seguimiento y citaciones al apoderado(a); y
- Comunicación a Profesores en Consejo de análisis de casos. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a) |
GRAVE REITERADA
(condicionalidad simple que no ha dado efecto, o nota deficiente en religión) |
-CONDICIONALIDAD ESTRICTA
(derecho de apelación) |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría General;
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría General por escrito;
-Notificación personal al alumno(a) y su apoderado(a) sobre la medida, con firma de documento en Dirección o Inspectoría General.
-Derivación a Orientación, con informe a Dirección y Consejo de Coordinación sobre proceso de seguimiento y citaciones al apoderado(a); y
- Comunicación a Profesores en Consejo de análisis de casos. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a) |
MUY GRAVE
(determina caso a caso el Consejo de Coordinación) |
-CONDICIONALIDAD ESTRICTA
O suspensión total de clases.
-CANCELACIÓN DE MATRÍCULA
(En ambos casos el apoderado tiene derecho de apelación) |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría General;
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría General por escrito;
-Notificación personal al alumno(a) y su apoderado(a) sobre la medida, con firma de documento en Dirección o Inspectoría General.
-Derivación a Orientación, con informe a Dirección y Consejo de Coordinación sobre proceso de seguimiento y citaciones al apoderado(a); y
- Comunicación a Profesores en Consejo de análisis de casos. |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a) |
GRAVES O MUY GRAVES QUE REVISTAN CARÁCTER DELICTUAL
(Ley n° 20.084, u otras) |
-CONDICIONALIDAD ESTRICTA;
O
-CANCELACIÓN DE MATRÍCULA;
-INFORME A FISCALÍA (siempre) |
- Registro escrito en el libro de clases e Inspectoría General;
-Citación al apoderado(a) desde inspectoría General por escrito;
-Notificación personal al alumno(a) y su apoderado(a) sobre la medida, con firma de documento en Dirección o Inspectoría General.
-Derivación a Orientación, con informe a Dirección y Consejo de Coordinación sobre proceso de seguimiento y citaciones al apoderado(a); y
- Comunicación a Profesores en Consejo de análisis de casos.
- Informe de la denuncia a fiscalía |
Directivos(as)
Inspectores(as)
Profesores(as)
Orientador(a)
Fiscalía (resolución judicial) |
C) PROCEDIMIENTOS PARA DETERMINAR LAS SANCIONES:
a) Las advertencias y medidas en materia disciplinarias tendrán lugar en el momento en que procedan.b) Cuando el caso lo requiera y a tenor de la gravedad de la falta cometida, se adoptarán las iguientes medidas:
1.- amonestación verbal (alumno(a)-Apoderado(a))
2.- amonestación escrita
3.- suspensión de clases.
4.- suspensión total de clases
5.- condicionalidad simple o estricta
6.- cancelación de matrícula.
c) En la determinación de una sanción no podrán participar funcionarios(as) que sean apoderados(as) ni familiares del alumno(a) afectado.
- Para determinar cuál(es) de las medidas contempladas en la letra b se aplicará, se procederá como sigue:
1.- En el caso de faltas cuya sanción implique amonestación verbal o amonestación escrita (sin derivación a Orientación), se procederá según lo expuesto en el cuadro de las sanciones disciplinarias.
2.- En los casos de faltas cuya sanción implique suspensión de clases, condicionalidad simple o condicionalidad estricta, se procederá según lo expuesto en el cuadro de las sanciones disciplinarias y además se considerará lo siguiente:
-Revisión de los antecedentes del alumno(a) que se encuentren registrados por
Inspectoría, Orientación y por los profesores en la hoja de vida (libro de clases).
-Presentación de informes emitidos por Orientación (estudio y seguimiento del caso). De ser necesario, se deberá concertar entrevistas o solicitar informes, psicopedagógicos o clínicos de especialistas, para aclarar situaciones que así lo ameriten.
-Presentación de otros informes de procedencia escolar, familiar, de personas, o instituciones que se estimen oportunos y pertinentes al caso tratado.
e) En los períodos comprendidos a fines del primer y segundo semestre, el Consejo de Profesores en conjunto con Inspectoría General y U.T.P., deberán efectuar una revisión detenida de los casos de los alumnos(as) que se encuentran bajo aplicación de una medida disciplinaria o cuya conducta amerita dicha aplicación. En estas instancias se presentarán los informes de los Orientadores(as) de los alumnos(as) en seguimiento, y otros antecedentes que resulten relevantes para tomar y sugerir las medidas que se estimen convenientes a fin de mejorar los aspectos disciplinarios o de rendimiento que no se desarrollan de manera adecuada.
f) En los casos de reiteración de faltas, donde la aplicación de la sanción no ha dado el resultado esperado, o en los casos de las faltas muy graves, se presentará un informe por escrito a Dirección y Consejo de coordinación, presentando el caso (Inspectoría en caso de problema disciplinario; UTP en caso de problema de rendimiento; Orientación en estudio de caso), con las sugerencias y acuerdos del Consejo de profesores cuando corresponda. Con estos antecedentes, Dirección y Consejo de Gestión determinarán la sanción a aplicar (condicionalidad estricta o cancelación de matrícula).
g) Toda decisión será comunicada por el Profesor(a) Jefe(a) al alumno(a) y a su apoderado(a) por escrito, excepto en las sanciones de mayor complejidad tales como condicionalidad de matrícula o cancelación de la misma, las que serán comunicadas por Dirección o inspectoría General, con informe al Consejo Escolar.
h) En el caso donde se aplique condicionalidad estricta, el apoderado(a) tiene derecho a apelar por escrito a la Dirección, solicitando la revocación de la medida, acompañando los antecedentes que justifiquen su presentación, en un plazo de cinco días hábiles desde su notificación. Esta apelación será resuelta por Dirección y Consejo de Gestión, siendo comunicada por escrito al apoderado(a) solicitante en un plazo de 48 hrs. desde su recepción.
i) En el caso donde se aplique cancelación de matrícula, el apoderado(a) tiene derecho a apelar por escrito al Consejo Directivo, solicitando la revocación de la medida, acompañando los antecedentes que justifiquen su presentación, en un plazo de 48 hrs. desde su notificación. Esta apelación será resuelta por Dirección y Consejo de Coordinación, siendo comunicada por escrito al apoderado(a) solicitante en un plazo de 48 hrs. desde su recepción.
j) La Dirección o el Consejo Directivo, según corresponda, queda en libertad de acoger o rechazar la solicitud realizada en la apelación del apoderado(a).
CAPITULO VI
DE LOS ESTIMULOS.
1.- El alumno que participa en forma destacada a nivel de colegio dentro y/o fuera de él, se hará merecedor de alguno (s) de los siguientes estímulos:
- Observación positiva en su hoja de vida.
- Comunicación al apoderado con las respectivas felicitaciones.
- Resaltar la actitud positiva en los actos matinales.
- Diploma que acredite la acción positiva.
- Reconocimiento en la página WEB.
B. NORMATIVAS SOBRE ESTIMULOS.
Anualmente se premiarán a los alumnos de los diversos cursos, considerando las siguientes situaciones:
- Se otorgará a los alumnos de Tercero Medio, previo análisis de conducta, rendimiento, trayectoria y compromiso con el colegio e informe del Consejo de Profesores, a ser portadores de la bandera, estandarte y escoltas de dichos emblemas.
- PREMIO RELIGIÓN: Este se definirá por una comisión dirigidapor el Padre Capellán y de acuerdo a una terna que presenten los Señores Profesores de Religión donde se considerará que son testimonios de vida cristiana, franciscana, donde además se considerará rendimiento académico, participación en pastoral ,que sea un agente multiplicador de nuestra espiritualidad franciscana ,antoniana. Esta comisión además la integrará la Dirección, el Equipo Directivo y un representante del Consejo de Profesores, profesores de Religión.-
c) Mejor promedio: de Pre Kínder a Tercer Año Medio, en caso de igualdad de promedios se considerarán para determinar al alumno(a) premiado los antecedentes personales, hoja de vida, informe de crecimiento personal; actividades pastorales, los que serán analizadas y resueltas por la Dirección en conjunto con el Consejo General de Profesores.
d) Premios Antoniano Franciscano, se establece este premio al alumno(a) que se destaque por el Compromiso con nuestra espiritualidad Antoniana Franciscana (disponibilidad, minoridad, fraternidad, paz, solidaridad etc.),premio que será analizado por una comisión integrado por Dirección, Capellán, Asesores de Pastoral, Consejo Directivo.-
e) Reconocimiento de los alumnos (as) premiados en los diferentes niveles y áreas en la pagina WEB del colegio.-
f) Primeras Licencias se otorgarán premios a las primeras licencias de los alumnos de Cuarto Medio que egresan , para lo cual se considerarán los promedios generales obtenidos desde el Primero Medio a Cuarto Año Medio
CAPITULO VIII
DERECHOS DE LOS APODERADOS:
- Recibir un Ejemplar del Manual de Convivencia y Reglamento interno del establecimiento en el mes de noviembre de cada año , con el propósito de que cada apoderado(a) asuma en cabalidad lo que ofrece y exige el establecimiento antes de proceder a matricular a su hijo (a) para el año siguiente.-Este deberá ser leído por el apoderado ,firmando el documento de haber recibido conforme dicho documento .-
- Recibir de parte del establecimiento el cumplimiento total de la oferta académica y de la entrega de valores Cristianos y de la Espiritualidad Franciscana.-
- Conocer la planta de personal del Colegio y los respectivos roles especialmente orientado a cursos de pre-básica y familias que se vayan incorporando al Establecimiento.-
- Recibir de parte de la Dirección y de la Unidad Técnica Pedagógica una circular informando todos los cambios que se puedan realizar con relación a las mallas curriculares , especialmente en los niveles de Enseñanza Media (diferenciados)
- Ser atendido por la Dirección, Profesores u/ otro integrante del colegio en forma deferente y oportuna en los horarios destinados para ellos, pudiendo el apoderado solicitar en forma extraordinaria alguna entrevista si la situación así lo amerita.
- Ser notificado por parte de la Dirección a lo menos con dos días de anticipación de la suspensión del horario de atención de apoderados atendiendo a situaciones imprevistas, procurando dentro del horario de contrato y de permanencia de los docentes ofrecer otra alternativa.
- Puede solicitar a la Unidad Técnica pedagógica un informe de avance de los logros académicos de su hijo(a).
- Recibir algún tipo de orientación por parte de los especialistas del establecimiento , el que debe ser solicitado en Dirección (sicólogos- sicopedagogo)
- Recibir atención y apoyo espiritual de parte del Capellán del Colegio.
- Recibir información sobre los instrumentos de evaluación aplicados a nivel interno y nacional, de manera oportuna y con un lenguaje claro y comprensible
- Ser representado por el Presidente (a) del Centro General de Padres y Apoderados en el Consejo Escolar del establecimiento, aportando sugerencias y observaciones que permitan mejorar el trabajo escolar y el entorno general del alumno.-
- Recibir de la Dirección y de la Unidad Técnica algunos planes remediales para superar deficiencias en algunos subsectores.
- Ser atendido por la Dirección y Profesores oportuna y deferentemente en los horarios destinados para ello.
- Recibir y solicitar información relacionada con el desarrollo personal y académico de su pupilo.
- Recibir apoyo en la búsqueda de solución de algún problema específico del alumno (atención de especialistas- Orientadores – Psicopedagoga, Capellán).-
- Participar en el funcionamiento de la vida del Colegio a través del Sub-Centro o Centro General de Padres y Apoderado, Pastoral familiar , Grupo Folclórico, y otros estamentos.
- Ser apoyado en caso de Accidente Escolar de su pupilo, a través del Seguro Escolar. procurando el Colegio en primera instancia dar aviso del hecho ocurrido ,sin que ello signifique esperar el visto bueno del apoderado (a) para continuar con el procedimiento .Si el apoderado renuncia al seguro escolar deberá dejarlo por escrito en el momento de retirar a su hijo(a) para otorgarle atención particular.-
- Recibir Orientación General por la Unidad Técnico Pedagógico con el propósito de que el apoderado asume un compromiso de apoyo a las actividades de su hijo(a)
- Apelar por escrito a la Dirección del Colegio o al Consejo Directivo según corresponda ,en los casos de condicionalidad estricta o cancelación de matrícula en los plazos estipulados ,después de haber recibido al notificación :la Dirección o el Consejo Directivo aceptará o rechazará dicha solicitud comunicando en un plazo de 48 horas su decisión.-
- Participar en las actividades que organice el Centro General de Padres y Apoderados y/o el Subcentro respectivo, según los objetivos que establece el estatuto correspondiente siendo el principal colaborador con el establecimiento para que el alumno(a) se desarrollo en un ambiente académico apropiado y en un entorno armónico.
- Tener acceso a la información económica y administrativa del Centro General de padres y Sub-centros de curso, a través de sus representantes de cursos y/o directamente.
- Solicitar la autorización respectiva a la Dirección, para disponer de las dependencias del establecimiento con el fin de desarrollar actividades debidamente organizadas por el Centro General de Padres y Apoderados, Sub-Centros, Pastoral etc., para reuniones, encuentros, jornadas, convivencias etc.
DEBERES DEL APODERADO.-
- Conocer y adherirse al Proyecto Educativo Institucional y al Reglamento Interno, conducentes a una convivencia de respeto ,justicia e igualdad siendo además instrumentos que permitan a la Dirección del Establecimiento validar la continuidad del alumno para el siguiente año lectivo.-
- Responder al perfil de apoderado(a) que el Colegio desea para otorgar educación de calidad comprometida. En caso de notables muestras de abandono de deberes del Apoderados ,el Colegio se reserva el derecho de solicitar cambio en la titularidad y/o suplencia respectiva.-
- Informarse sobre los horarios de atención de los diferentes estamentos del colegio.
- Asistir a todas las reuniones de Padres y Apoderados o citaciones , generadas pro los distintos estamentos del Colegio, del centro General de Padres y Apoderados y/o subcentro de curso, en igualdad de importancia ,siendo estrictamente obligatorio excusar la inasistencia anticipadamente a la fecha convocada ,según sea la circunstancia .-
- Velar por ejercer y promover un trato acorde al perfil del Colegio entre padres y Apoderados y hacia el personal y alumnos del Establecimiento ,promoviendo el mismo valor en su hijo(a)
- Proporcionar los recursos necesarios y un ambiente adecuado con respecto de los estudios de sus hijos (as) en el hogar.-
- Comprometerse participando y colaborando en las diversas actividades del colegio. (Centro General de Padres, Reuniones, Actividades Extra-programáticas, Pastoral y Catequesis ,Misiones, jornadas y otros etc.-
- Proporcionar los recursos necesarios y un ambiente adecuado con respecto de
los estudios de sus hijos en su hogar.
- Cumplir oportunamente con los compromisos económicos contraídos con el Establecimiento
- Comprometerse con el estudio de su hijo (a).
- Respetar la exclusividad de la responsabilidad del Colegio en los aspectos
Técnicos – Pedagógicos
- Responder por los daños que cause su hijo (a) a la Planta Física, como también los daños a los bienes de cualquier miembro de la comunidad, en un plazo no superior a 48 horas .-
- Con la firma del Contrato de Prestación de Servicios Educativo y pagaré debidamente formalizado con el Sostenedor, se compromete a cancelar diligentemente y oportunamente en los plazos establecidos; en caso de dificultades, puede presentarse a la Dirección, presentando los antecedentes respectivos que acrediten su problema y establecer acuerdos entre las partes.-
- Contribuir a generar un clima seguro en el colegio y para ello, consentir dejar a su hijo (a) en la puerta del Colegio en los horarios de entrada a clases.
- Organizar su tiempo para no interrumpir las horas de clases, asistiendo en los horarios definidos por la Dirección.
- Comprometerse participando y colaborando en las diversas actividades del Colegio, cumpliendo con los compromisos económicos correspondientes y establecidos por ley y que fueron aceptados en su totalidad registrando firma de ello.
- Cancelar la cuota del Centro General de Padres autorizada por la Ley, durante el período de matrícula del Establecimiento, cuyo monto puede ascender hasta 1/2 UTM. Considerándose un deber moral que tiene como principal objetivo colaborar con el establecimiento para que los alumnos se desarrollen en un ambiente grato y propicio.
- El monto establecido quedará reflejado en Acta de Asamblea de Padres y deberá ser informado a través de una circular emitida por el Centro General de Padres y Apoderados a todos los miembros de éste. Cualquier situación particular, debe ser tratada con la Directiva correspondiente.
- Apelar por escrito a la Dirección o al Consejo Directivo, según corresponda, en los casos de condicionalidad estricta o cancelación de matrícula, en los plazos estipulados, después de haber recibido la notificación. La Dirección o el Consejo Directivo aceptarán o rechazarán dicha solicitud, comunicando su decisión en un plazo de 48 horas.-
CAPITULO VIII. VARIOS.
Toda situación no contemplada en el presente reglamento que requiera ser normada, será analizada y resuelta por la Dirección, después de realizar las consultas pertinentes al: Consejo Directivo, , el Consejo de Profesores, Centro de Alumnos, Centro General de Padres y Apoderados, según corresponda, cuya decisión deberá ser informada al Consejo Escolar.
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